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El área logística se encuentra a 500 m. de la frontera de Gorizia, y se compone de la siguiente manera: departamento administrativo, departamento operativo para la gestión de las prácticas de aduanas, depósito y celdas frigoríficas, una sala y un baño exterior con duchas para los camioneros, un aparcamiento para los camiones de unos 3000 m2, un área con techo para el almacenamiento de mercancías (con una superficie igual a 200 m2 aproximadamente) y un depósito cubierto de unos 1.370 m2 en cuyo interior se encuentra también el área frigorífica.
El área logística está controlada por video, y protegida con alarmas acústicas y telefónicas conectadas, entre otros, con los carabineros, y no se encuentra en una zona aislada.
     
DEPÓSITO DE MERCANCÍAS VARIAS
El depósito de mercancías es una estructura nueva construida en fibrocemento ecológico.

El espacio interior es de unos 560 m2 y el desplazamiento se efectúa con un toro de 2,5 t. o un carro de desplazamiento.

La mercancía en el interior del depósito, cuando es posible, se paletiza y siempre se cataloga y registra.
Indicamos a continuación los varios regímenes en los que se pueden gestionar las mercancías.

1 . Depósito de mercancías nacionales/CE
  
2 . Depósito fiscal IVA n.259/C
El depósito fiscal IVA (Decreto del Ministerio de economía del 20 de octubre de 1997) da amplias posibilidades innovadoras en el ámbito de aduanas.

  • A.En ámbito nacional da la posibilidad de efectuar el despacho aduanero de la mercancía sin tener que pagar inmediatamente el IVA en la aduana, debiéndola pagar posteriormente después de haber vendido la mercancía en ámbito nacional al cliente final. Incluso en este caso el pago se deberá realizar si el saldo empresarial de IVA mensual o trimestral resulta a deber. En caso que sea a crédito la operación sería todavía más favorable ya que dicho importe se deduciría directamente del crédito IVA.
     
  • B.En ámbito comunitario hace posible el cumplimiento de todas las obligaciones previstas por las normas fiscales que regulan las cesiones de las mercancías intra comunitarias, con el mismo criterio que si la partida hubiese salido de territorio nacional. Lo mismo vale, considerando la entrada en Italia, para las compras. La mercancía dentro del depósito fiscal puede venderse repetidamente entre varios sujetos, siempre en régimen de exención de IVA. Existe aún una última ventaja cuando el último vendedor sea italiano, que a su vez vende la mercancía a otro italiano que la sacará del depósito fiscal definitivamente para llevarla a casa. También en este caso, la venta se facturará sin IVA según cuanto indicado por el artículo 50/BIS del decreto legislativo 331/93, con la sola obligación para quien la saca de efectuar los registros contables previstos.
     
  • C.Para las mercancías de fuera de la UE es posible para el importador extranjero, tanto si es otro país de la UE o fuera de la UE, introducirlas en el depósito fiscal IVA a través de la representación fiscal en Italia del gestor del depósito, para después enviarlas en la Comunidad Europea libres de cualquier vínculo de aduanas, ya que se han convertido en comunitarias a nivel fiscal.
Obviamente estas operaciones se han sintetizado para una mayor sencillez, pero si interesa serán explicadas detalladamente indicando incluso las fuentes normativas.
   
3 . Depósito de aduanas n.259/C
Con el régimen del depósito de aduanas autorizado por el Ministerio de economía con n.259/C, se pueden almacenar mercancías en un estado extranjero y extraerlas, incluso fraccionándolas en varios lotes, cuando el cliente lo considere más oportuno, incluso en varios plazos.
   
Esto da la oportunidad de almacenar mercancías adquiridas a un precio favorable en un determinado periodo, sin pagar ningún derecho de aduanas hasta que el importador considere oportuno extraerlas declarando la mercancía en la aduana mediante el pago de los derechos de aduanas previstos. Si se desea puede incluso venderla en el interior del depósito de aduanas, transfiriendo la tarea de las formalidades aduaneras al comprador final.

Si después la mercancía se envía a otro país fuera de la UE, en este caso la mercancía permanece en el estado extranjero y se emite únicamente un formulario de tránsito de aduanas “T.1”, para la extracción, que acompañará a la mercancía fuera de la UE y se cerrará en la última aduana de salida comunitaria.
El mismo razonamiento es válido en caso que la mercancía sea transferida de nuestro depósito de aduanas a otro en el interior de la UE.


SEDE LOGISTICA
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